Artículo 30. Resolución administrativa. Una vez cumplidos
los requisitos y realizado el análisis técnico indicado anteriormente, el SINAC
emitirá una resolución administrativa que acepte o rechace la solicitud de
eliminación del individuo o individuos. En caso de que se autorice esta medida,
la resolución detallará las condiciones específicas del permiso. La resolución
será notificada al solicitante en el medio señalado para los efectos.
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