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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40459 >> Fecha 22/06/2017 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40459 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º. Funciones del Consejo Asesor de Sostenibilidad.

(Así reformado el párrafo anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43748 del 6 de julio de 2022)

a) Implementar y dar seguimiento a la Política Nacional de Responsabilidad Social, la cual debe contar con su respectivo plan de acción.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43748 del 6 de julio de 2022)

b) Establecer las medidas necesarias para la asignación de recursos para la implementación de la Política Nacional de Responsabilidad Social.

c) Fomentar la participación de representantes del sector público, de la sociedad civil. de la academia. del sector privado, de la cooperación internacional, de organizaciones no gubernamentales, de los gobiernos locales y de personas expertas en materia de Responsabilidad Social.

d) Elaborar estrategias de comunicación para informar sobre la Política Nacional de Responsabilidad Social y sus avances.

e) Aquellas que resulten derivadas del ejercicio de su competencia.

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