N°
40547–RREE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO A. l. DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
CONSIDERANDO:
1.- Que la Asamblea Legislativa mediante Ley número 9454 del día trece de
junio del dos mil diecisiete, publicada en el Alcance número ciento cincuenta y
cinco de La Gaceta Digital número ciento veintiuno del veintisiete de junio del
dos mil diecisiete aprobó el Tratado de Marrakech, para facilitar el acceso a
las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras
dificultades para acceder al texto impreso, adoptado por la Conferencia
Diplomática en Marrakech el 27 de junio de 2013.
2.- Que de conformidad con los artículos 18 y 22 del mencionado Tratado,
los instrumentos de ratificación o de adhesión se depositarán en poder del
Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
POR TANTO:
En uso de las facultades que les confieren los incisos 1 O y 12 del
artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de
Costa Rica.
DECRETAN:
Artículo 1.- La ratificación de la República de Costa Rica al Tratado de Marrakech,
para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con
discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso,
adoptado por la Conferencia Diplomática en Marrakech el 27 de junio de 2013. N°
40547 - RREE
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