Artículo 27°- Protocolos del envío de información para la Vigilancia de
la Salud
Los eventos y determinantes que no estén contemplados para ser cargados
en el SINAVISA, deberán notificarse según las normas, protocolos nacionales y
sus instrumentos, que para tal fin establece el Ministerio de Salud.
Están en la obligatoriedad de cumplir con esta disposición tanto los
entes públicos como los privados.
|