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 Normativa >> Directriz 001 >> Fecha 03/08/2017 >> Articulo 13
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Normativa - Directriz 001 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.—Cada vez que el responsable de la granja o su representante solicite la renovación de los talonarios de Guías Oficiales de Movilización de Ganado Porcino o renueven el registro de su establecimiento, deberá de reportar al SENASA las existencias de ganado porcino y entregar las copias de las Guías de Movilización de todas las salidas, así como las guías originales con las que hayan ingresado animales a su establecimiento en el período respectivo.


 

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