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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 11/07/2017 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

REGLAMENTO INTERNO PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y

SANCIONAR EL ACOSO Y EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN LA

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

DISPOSICIONES GENERALES

El Concejo Municipal del Cantón de La Cruz, con sustento en los artículos 169 y 170, de la Constitución Política y fundamentado en las disposiciones contenidas en los artículos 1º al 4º y sus reformas y de conformidad con Ley Nº 7476 del 03 de febrero de 1995, denominada Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia y su modificación y adición mediante Ley Nº 8805 del 2 de junio del 2010,emite el siguiente Reglamento para el Procedimiento Interno Administrativo en casos de Hostigamiento Sexual en la Municipalidad de La Cruz, en cuanto a su tipificación, sanciones y procedimientos el cual se regirá por las siguientes disposiciones:

De acuerdo al artículo 5 de la Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, le compete al alcalde como jerarca administrativo de la Municipalidad de La Cruz, la responsabilidad de mantener, en el lugar de trabajo, condiciones de respeto para quienes laboran ahí, por medio de una política interna que prevenga, desaliente las conductas de hostigamiento sexual.

Capítulo I

FUNDAMENTO

Artículo 1-. Principios regentes:

El Reglamento Interno que sanciona el acoso y el hostigamiento sexual contra la dignidad de la mujer y del hombre en las relaciones laborales en la MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ, se basa en los principios constitucionales del respeto por la libertad y la vida humana, el derecho al trabajo y el principio de igualdad ante la ley, los cuales obligan al Estado a condenar la discriminación por razón del sexo y a establecer políticas para eliminar la discriminación contra la mujer según la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, buscando promover el desarrollo de relaciones interpersonales basadas en el respeto y la no discriminación, que conlleven a la construcción de una sociedad justa e igualitaria que garantice el ejercicio de los Derechos Humanos en condiciones de equidad entre hombres y mujeres.

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