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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40554 >> Fecha 29/06/2017 >> Articulo 111
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40554 - Articulo 111
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Artículo 111
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Artículo 111. Medios para la Difusión. Los archivistas del Sistema utilizarán las tecnologías de la información y de la comunicación para la difusión de su quehacer y de la información de interés para la ciudadanía, a través de redes sociales, sitios web, exposiciones documentales y publicaciones, entre otros. En esta tarea coordinarán con los Departamentos de Informática y de Comunicación, Prensa o Relaciones Públicas de sus Instituciones.


 

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