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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40554 >> Fecha 29/06/2017 >> Articulo 118
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40554 - Articulo 118
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Artículo 118
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Artículo 118. Fiscalización. El Archivo Nacional inspeccionará de oficio los archivos centrales y de gestión, atendiendo las siguientes circunstancias:

a-. Cuando se conoce del incumplimiento de las normas de la legislación archivística vigente.

b-. Cuando la Institución va a trasladarse a otro local.

c-. Cuando se conozca que se eliminan documentos sin la autorización de la CNSED.

d-. Cuando por el valor de la documentación se juzgue necesario, y

e-. Cuando se tenga conocimiento de que una institución va a desaparecer.


 

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