SECCIÓN
IV
DE
LOS ARCHIVOS DEL SISTEMA
Artículo 29. Conformación del Sistema. El
Sistema estará conformado por los Archivos Públicos: Histórico o Final,
Intermedio, Centrales, de Gestión de las Instituciones mencionadas en el
artículo 2 de la Ley que se reglamenta y los privados y particulares que lo
soliciten.
Todos estos archivos regularán su funcionamiento de acuerdo
con la Ley No. 7202, del 24 de octubre de 1990, el presente Reglamento y las
Políticas, los Acuerdos, Resoluciones, Lineamientos emitidos por la Junta, la
CNSED y el Archivo Nacional.
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