Artículo 31. Archivo Intermedio. El
Archivo Intermedio es la unidad del Archivo Nacional responsable de custodiar
documentos con vigencia administrativa y legal, transferidos por las
Instituciones de conformidad con la Ley que se reglamenta y otras Leyes
vigentes y que son objeto de consulta por las Oficinas productoras y
particulares.
Parte de estos documentos serán transferidos al Archivo
Histórico o Final una vez que se les declare con valor científico cultural.
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