Artículo 82. Labores de Conservación. Los
Archivos del Sistema realizarán rutinas básicas de conservación preventiva de
documentos que respondan a las políticas establecidas en el plan de
conservación de documentos, de acuerdo con las últimas técnicas en esa
especialidad, y tomando en cuenta que:
a-. Al Archivo Nacional le corresponde asesorar y capacitar
en materia de conservación a todos los archivos del Sistema.
b-. Para la conservación de los documentos se debe tomar en
cuenta que existen factores físicos, químicos, biológicos y tecnológicos que
provocan el deterioro del documento, tales como humedad, temperatura, luz,
contaminación atmosférica, insectos, roedores, fuego e inundaciones. Para tal
fin contarán con: locales adecuados, estantería metálica, repositorios
digitales, cajas libres de ácido para guardar los documentos, equipo contra
incendios, protección contra inundaciones. Deberán tener el cuidado necesario
para el manejo de los documentos y mantener un programa permanente de rutinas
de limpieza del archivo, contenedores, documentos y demás instalaciones;
políticas de migración de documentos en caso necesario y seguridad en los
sistemas de información.
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