Artículo 97. Incumplimiento a Normas de Consulta. Si
los usuarios incumplieran las normas anteriores y las establecidas en los
manuales internos de procedimientos, le serán retirados los documentos. Si el
hecho configura un delito, la Institución responsable interpondrá la denuncia
respectiva. En caso de destrucción, robo, hurto, pérdida o daño de un documento
se procederá con los Procedimientos Administrativos y Denuncias Judiciales.
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