Artículo 4º.- Para la ejecución de sus funciones como Autoridad
Administrativa, el SENASA podrá establecer convenios con instituciones
públicas, académicas u organizaciones como mecanismo de integración de acciones
y recursos para cumplir eficazmente con lo dispuesto en este Decreto Ejecutivo.
Para ese mismo objetivo, el SENASA podrá promover convenios y cooperación desde
organismos nacionales o internacionales.
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