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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40603 >> Fecha 17/07/2017 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40603 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Reformar el artículo 15 del Decreto Ejecutivo N° 38772-C del 26 de noviembre de 2014 denominado Reglamento a la Ley 9211 – Ley sobre Premios Nacionales de Cultura, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 18 del 27 de enero de 2015, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 15.—De las asociaciones culturales que conformarán los Jurados Calificadores. Podrán ser tomados en cuenta para conformar los jurados de los Premios Nacionales de Cultura, las asociaciones culturales, legalmente constituidas, con personería jurídica vigente, al día con sus obligaciones y debidamente inscritas en el registro en línea que para ese efecto designe el Ministerio de Cultura y Juventud. La inscripción en este registro, deberá renovarse anualmente.

No podrán participar en la Asamblea de Asociaciones Culturales, aquellas organizaciones que no cumplan con el requisito previo de inscripción en línea, en el período convocado por la Comisión.”


 

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