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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40703 >> Fecha 03/10/2017 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40703 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2. Adiciónense un penúltimo párrafo al artículo 133 del Decreto Ejecutivo Nº 37899-MEIC del 08 de julio de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 182 del 23 de setiembre de 2013, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:

.. (. . .)

A las transacciones realizadas mediante comercio electrónico les aplicará lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7472 y el presente reglamento. En todo caso, el derecho de retracto que le asiste al consumidor debe ser ejercido por el mismo medio que este último utilizó para manifestar su consentimiento y el reintegro de los todos los importes recibidos se realizará por el mismo medio utilizado para hacer el pago.

(. . .) ".

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