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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40682 >> Fecha 31/07/2017 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40682 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil diecisiete.

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