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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40705 >> Fecha 17/08/2017 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40705 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2.- En lo sucesivo, en todo aquel reglamento en el que se señale el Decreto Ejecutivo No. 28113-S del 10 de setiembre de 1999 "Reglamento para el Registro de Productos Peligrosos", como referencia para algún requisito, deberá interpretarse que los mismos corresponden a lo indicado en el presente Decreto.

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