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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40710 >> Fecha 04/08/2017 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40710 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2. Serán funciones del Ministro Rector además de las establecidas en el artículo 6 del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, el establecimiento de la política ambiental y la aprobación de los planes, proyectos y programas del Sector Ambiente, Energía, Mares y Ordenamiento Territorial, así como su coordinación y evaluación con la obligada coordinación y participación de las demás instituciones que conforman el sector.


 

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