Artículo 21.- De Planificación. Es una unidad organizativa asesora dependiente
orgánicamente del Ministro de Salud. Tiene por objetivo conducir los procesos
de planificación estratégica, operativa en salud a nivel sectorial, intersectorial
e institucional, de forma participativa, así como su ejecución, seguimiento y
evaluación, de manera articulada, eficiente, eficaz y con calidad; mediante el
desarrollo de políticas, planes, programas, proyectos y directrices, así como
el alineamiento de la institución, que contribuyan a la protección y
mejoramiento de la salud de la población con un enfoque de derechos humanos.
Planificación coordina la Secretaria de la Política
Nacional de Alimentación y nutrición (SEPAN), creada por el artículo 5, inciso
e) de la Ley No. 5412 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud” como órgano
adscrito al Despacho del Ministro.
Su objetivo es contribuir a garantizar la seguridad
alimentaria nutricional y coadyuvar con la integración de los sectores
agropecuario y económico.
Planificación cuenta con las siguientes unidades
organizativas:
a) Unidad de Planificación Institucional.
Tiene por objetivo desarrollar los procesos de planificación estratégica y
operativa a nivel institucional, así como los de desarrollo organizacional,
gestión de calidad en procesos, control interno y ética; a fin de contribuir al
fortalecimiento de la gestión institucional.
b) Unidad de Planificación Sectorial. Tiene
por objetivo coordinar las acciones para la formulación e implementación de
políticas, planes, programas, proyectos y estrategias en salud sectoriales e
intersectoriales, así como el componente de salud del Plan Nacional de
Desarrollo, su alineamiento y armonización con las prioridades nacionales en
Salud, a fin de contribuir a la protección y mejoramiento de la salud de la
población.
c) Unidad de Seguimiento y Evaluación. Tiene
por objetivo determinar el avance, grado de cumplimiento y resultado de la
implementación de planes, programas, proyectos y estrategias en salud, mediante
los procesos de seguimiento y evaluación, de forma participativa, en los
ámbitos, sectorial y intersectorial, para la
generación de información que fundamente la toma de decisiones.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto
ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)