CAPÍTULO VII
DE LA ORGANIZACIÓN DEL NIVEL REGIONAL
Artículo 39.-De las unidades organizativas del
nivel regional. Las Direcciones Regionales de
Rectoría de la Salud, son unidades organizativas que responden a un modelo de
desconcentración técnico, administrativo y geográfico y dependen
jerárquicamente de la Dirección General de Salud.
(Así reformado por el artículo 2° del decreto
ejecutivo N° 41137 del 16 de marzo de 2018)
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