Artículo 21 bis.- De los
Viceministros. Con base en las atribuciones que le
confieren la Ley General de la Administración Pública y la Ley Orgánica del
Ministerio de Salud, la Dirección de Transformación y Salud Digital depende
jerárquicamente del Despacho de los Viceministros, considerando que esta
adscripción brindará un mayor enfoque estratégico, mejora en la oportunidad de
toma de decisiones, alineamiento en la agenda de transformación digital, mejora
en aspectos de coordinación y sinergias a nivel interno y del sector salud,
respaldo y colaboración de expertos con conocimiento en la materia, mayor
espacio para la flexibilidad y adaptación a los cambios y avances tecnológicos,
así como una interlocución estratégica más efectiva.
(Así adicionado por el artículo 2° del
decreto ejecutivo N° 44350 del 5 de diciembre de 2023)
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