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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40724 >> Fecha 23/09/2017 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40724 - Articulo 21
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Artículo 21 -TER
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Artículo 21 ter.- De la Dirección de Transformación y Salud Digital. La Dirección de Transformación y Salud Digital depende jerárquicamente del Despacho de los Viceministros. Su objetivo consiste en impulsar la transformación digital en el sector salud para mejorar la calidad de la atención, la gestión eficiente de los recursos y la toma de decisiones basada en datos.

Esta Dirección cuenta con las siguientes unidades organizativas:

a) Unidad de Mejora Continua y Excelencia Operacional en Salud. Su objetivo es aprovechar los datos y la información disponible para optimizar los procesos, mejorar la calidad de los servicios de salud digital y fortalecer la toma de decisiones en el Ministerio de Salud.

b) Unidad de Innovación y Transformación Digital. Su objetivo es promover la transfomación digital en el sector salud, mejorando la calidad de los servicios, la eficiencia en la gestión y la experiencia del cliente.

c) Departamento de Tecnologías de Información y Comunicación. El Departamento de Tecnologías de Información y Comunicación es una unidad organizacional dependiente de la Dirección de Transformación y Salud Digital. Tiene por objetivo garantizar que las tecnologías de información y comunicación respondan a las necesidades institucionales, mediante el desarrollo y mejoramiento continuo de la seguridad, disponibilidad, integridad y oportunidad de los sistemas de información, la infraestructura y los servicios, en los tres niveles de gestión, a fin de fortalecer la Rectoría y la toma de decisiones.

Este Departamento, a su vez, cuenta con las siguientes unidades organizativas:

1) Unidad de Gestión de Sistemas de Información. Tiene por objetivo proveer a la institución de sistemas de información de punta, mediante el análisis, diseño, desarrollo e implementación de soluciones automatizadas, confiables, integrales y seguras para atender las necesidades de los tres niveles de gestión.

2) Unidad de Gestión de Servicios de Tecnologías de Información y Comunicación. Tiene por objetivo implementar los procesos para promover la calidad, seguridad, eficiencia, eficacia, y continuidad de los servicios en tecnologías de información y comunicación, mediante la elaboración, aprobación, divulgación, seguimiento y control de políticas, lineamientos y procedimientos, así como la gestión de incidentes y solicitudes de servicios.

3) Unidad de Gestión de Infraestructura Tecnológica. Tiene por objetivo proveer de infraestructura tecnológica acorde con las necesidades institucionales a fin de fortalecer las funciones rectoras, mediante la planificación, adquisición y administración de los recursos de tecnologías de información y comunicación en los tres niveles de gestión.

(Así adicionado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 44350 del 5 de diciembre de 2023)

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