Artículo 15.-De la Auditoría Interna. La Auditoría Interna es una unidad organizativa
asesora y fiscalizadora. Depende orgánicamente del Ministro de Salud y cuenta
con independencia funcional y de criterio. Tiene por objetivo proporcionar
seguridad razonable a la población, de que la actuación del jerarca y de los
subordinados se ejecute de conformidad con el marco estratégico institucional,
el marco legal y las sanas prácticas.
La Auditoría Interna cuenta con las siguientes
unidades organizativas:
a) Unidad de
Auditoría de la Rectoría de la Salud. Tiene por objetivo realizar auditorías en
las dependencias que realizan funciones sustantivas para el ejercicio de la
rectoría de la salud en el Ministerio de Salud, con el fin de proporcionar una
seguridad razonable de que la rectoría en salud se ejecuta en forma alineada
con el Marco Estratégico Institucional y, que se orienta al impacto y a la
efectividad en la gestión.
b) Unidad de Auditoría de Tecnologías de la
Información. Tienen por objetivo realizar auditorías orientadas a constatar
el cumplimiento del marco de control establecido para la gestión de tecnologías
de la información, comprende la evaluación de las Tecnologías de Información
(TI), así como de la Seguridad de la Información (SI), dentro de la
Institución, sustentada en buenas prácticas y normas nacionales e
internacionales, que son utilizadas para revisar y calificar el diseño, desempeño y cumplimiento de los
controles implementados en el ambiente de TI.
c) Unidad de Auditoría Administrativa y
Financiera. Tiene por objetivo realizar auditorías en las dependencias que
realizan funciones de apoyo al ejercicio de la rectoría de la salud en el
Ministerio de Salud, con el fin de proporcionar una seguridad razonable en las
actividades administrativas y financieras que se estén realizando en
concordancia con los objetivos de control interno.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto
ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)
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