Artículo 21.- De Planificación. Es una unidad organizativa asesora dependiente orgánicamente del Ministro
de Salud. Tiene por objetivo conducir los procesos de planificación
estratégica, operativa en salud a nivel sectorial, intersectorial e
institucional, de forma participativa, así como su ejecución, seguimiento y
evaluación, de manera articulada, eficiente, eficaz y con calidad; mediante el
desarrollo de políticas, planes, programas, proyectos y directrices, así como
el alineamiento de la institución, que contribuyan a la protección y mejoramiento
de la salud de la población con un enfoque de derechos humanos.
Planificación coordina la Secretaria de la Política
Nacional de Alimentación y nutrición (SEPAN), creada por el artículo 5, inciso e)
de la Ley No. 5412 "Ley Orgánica del Ministerio de Salud" como órgano adscrito
al Despacho del Ministro.
Su objetivo es contribuir a garantizar la seguridad
alimentaria nutricional y coadyuvar con la integración de los sectores
agropecuario y económico.
Planificación cuenta con las siguientes unidades
organizativas:
a)
Unidad de Planificación
Institucional. Tiene por objetivo desarrollar
los procesos de planificación estratégica y operativa a nivel institucional, así como los
de desarrollo organizacional,
control interno y ética; a
fin de contribuir al fortalecimiento
de la gestión institucional.
(Así reformado el inciso anterior por el artículo
1° del decreto ejecutivo N° 44350 del 5 de diciembre de 2023)
b) Unidad de Planificación Sectorial. Tiene
por objetivo coordinar las acciones para la formulación e implementación de
políticas, planes, programas, proyectos y estrategias en salud sectoriales e
intersectoriales, así como el componente de salud del Plan Nacional de
Desarrollo, su alineamiento y armonización con las prioridades nacionales en
Salud, a fin de contribuir a la protección y mejoramiento de la salud de la
población.
c) Unidad de Seguimiento y Evaluación. Tiene
por objetivo determinar el avance, grado de cumplimiento y resultado de la
implementación de planes, programas, proyectos y estrategias en salud, mediante
los procesos de seguimiento y evaluación, de forma participativa, en los
ámbitos, sectorial y intersectorial, para la
generación de información que fundamente la toma de decisiones.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto
ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)