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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40724 >> Fecha 23/09/2017 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40724 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.- De Planificación. Es una unidad organizativa asesora dependiente orgánicamente del Ministro de Salud. Tiene por objetivo conducir los procesos de planificación estratégica, operativa en salud a nivel sectorial, intersectorial e institucional, de forma participativa, así como su ejecución, seguimiento y evaluación, de manera articulada, eficiente, eficaz y con calidad; mediante el desarrollo de políticas, planes, programas, proyectos y directrices, así como el alineamiento de la institución, que contribuyan a la protección y mejoramiento de la salud de la población con un enfoque de derechos humanos.

Planificación coordina la Secretaria de la Política Nacional de Alimentación y nutrición (SEPAN), creada por el artículo 5, inciso e) de la Ley No. 5412 "Ley Orgánica del Ministerio de Salud" como órgano adscrito al Despacho del Ministro.

Su objetivo es contribuir a garantizar la seguridad alimentaria nutricional y coadyuvar con la integración de los sectores agropecuario y económico.

Planificación cuenta con las siguientes unidades organizativas:

a) Unidad de Planificación Institucional. Tiene por objetivo desarrollar los procesos de planificación estratégica y operativa a nivel institucional, así como los de desarrollo organizacional, control interno y ética; a fin de contribuir al fortalecimiento de la gestión institucional.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44350 del 5 de diciembre de 2023)

b) Unidad de Planificación Sectorial. Tiene por objetivo coordinar las acciones para la formulación e implementación de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias en salud sectoriales e intersectoriales, así como el componente de salud del Plan Nacional de Desarrollo, su alineamiento y armonización con las prioridades nacionales en Salud, a fin de contribuir a la protección y mejoramiento de la salud de la población.

c) Unidad de Seguimiento y Evaluación. Tiene por objetivo determinar el avance, grado de cumplimiento y resultado de la implementación de planes, programas, proyectos y estrategias en salud, mediante los procesos de seguimiento y evaluación, de forma participativa, en los ámbitos, sectorial y intersectorial, para la generación de información que fundamente la toma de decisiones.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)

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