Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40736 >> Fecha 26/10/2017 >> Articulo 8
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 8     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 40736 - Articulo 8
Ir al final de los resultados
Artículo 8
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 8º.- Las instituciones del Sector Público, sin perjuicio del principio de separación de Poderes; según lo dispuesto en el presente decreto, y de conformidad con las indicaciones establecidas en el Manual de Usuario de la Base de Datos de Empleo para el Sector Público, procederán a preparar la información requerida para ingresar los datos, de acuerdo con los plazos que apliquen para cada institución, según la Fase en la que participen.

Ir al inicio de los resultados