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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40689 >> Fecha 22/08/2017 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40689 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.-Relaciones y coordinaciones: El Auditor General debe establecer y regular a lo interno de la Auditoría un marco general para administrar el manejo de las relaciones y coordinaciones con el Ministro, Viceministro y titulares subordinados, y otras instituciones.

En cuanto al Ministro, debe asesorarlo en materia de su competencia e igualmente advertir a la administración activa, sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones cuando sean de su conocimiento, a fin de proporcionar una gestión preventiva y así propiciar institucionalmente el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que rigen la función pública y la protección del patrimonio.

El Auditor Interno tendrá total independencia para la comunicación e intercambio de información con la Contraloría General en el ejercicio de sus competencias, así como con otros entes y órganos de control externos en que la ley así lo establezca. Sin perjuicio de la coordinación que al respecto deba darse, sin que ello implique limitación al respecto.


 

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