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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40689 >> Fecha 22/08/2017 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40689 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2. -Definiciones: Para los efectos del presente Reglamento se entenderán los siguientes términos según se indica a continuación:

a. Ministerio: Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

b. Ministro: Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

c. Jerarca: Superior Jerárquico Institucional que ejerce la máxima autoridad y que en el caso del Ministerio, recae en la figura del Ministro.

d. Auditoría General o Auditoría Interna: La Auditoría General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que dentro de la Organización Institucional del Ministerio corresponde a la dependencia a la que se refiere el artículo 20 de la Ley Nº 8292 "Ley General de Control Interno".

e. Contraloría General: Contraloría General de la República.

f. Auditor(a) General: Auditor(a) Interno(a) de la Auditoría General.

Funcionario de mayor jerarquía dentro de la Auditoría General.

g. Titulares subordinados: Funcionarios de la administración activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones. Definido en inciso d) del artículo 2 de la Ley Nº 8292 "Ley General de Control Interno".

h. Fiscalización: Servicios preventivos, son la realización de estudios de advertencia y asesoría. Servicios de auditoría en sus diferentes modalidades (financiero, operativo, de gestión o de carácter especial) y otros procesos o actividades afines, en la jurisdicción que corresponde a la Auditoría Interna.

i. Advertencia: Servicio preventivo que brinda la Auditoría General al Jerarca o a los titulares subordinados, con fundamento en el inciso d) del artículo 22 de la Ley Nº 8292 "Ley General de Control Interno".

j. Asesoría: Servicio preventivo que brinda el (la) Auditor (a) Interno (a) al Jerarca y titulares subordinados, en forma oral o escrita, a solicitud de la parte interesada, con fundamento en el inciso d) del artículo 22 de la Ley Nº 8292 "Ley General de Control Interno".

k. Informe de Auditoría: Producto final con el que la Auditoría Interna comunica al jerarca o a los titulares subordinados los resultados de sus estudios.

l. Servicios de Inspección: Servicios de auditoría que brinda la Auditoría General a solicitud del Jerarca o a criterio del Auditor(a) General en las representaciones diplomáticas y consulares del Servicio Exterior Costarricense.

m. Administración Activa: Componente orgánico del sistema de control interno, definido en inciso a) del artículo 2 de la Ley General de Control Interno No. 8292.


 

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