Artículo 31.
-Planificación anual: Con
fundamento en su planeamiento estratégico, lo que señala las Normas para el
ejercicio de la Auditoría Interna y las Normas generales para la Auditoría
Interna para el Sector Público, con respecto a la planificación anual y los lineamientos
emitidos, en esa misma materia, por la Contraloría General; la Auditoría General
formulará su plan anual de trabajo, el cual se constituirá en su marco de
acción. El Plan Anual y sus modificaciones deben documentarse y comunicarse al
Ministro y a la Contraloría General.
|