Artículo 104.—Reformas. Cualquier reforma que se proponga a este
Reglamento, deberá seguir el proceso establecido para todo reglamento municipal
y ser fiel reflejo de las políticas institucionales de la Municipalidad, esas
variaciones propuestas al Reglamento, tendrán que ponerse en conocimiento de la
Junta Directiva del CCDRF para su análisis y recomendación, el cual deberá brindar
informe al Concejo Municipal en un plazo de treinta días hábiles para la
respectiva aprobación.
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