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 Normativa >> Reglamento municipal 098 >> Fecha 26/09/2017 >> Articulo 22
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Normativa - Reglamento municipal 098 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22.—Del Vicepresidente (a). Son funciones del Vicepresidente (a), las que se detallan enseguida:

a) Sustituir al Presidente (a) en ausencia temporal de éste con los mismos deberes y obligaciones.

b) Respetar el orden del día para las sesiones.

c) Participar activa, propositiva y de manera respetuosa en las sesiones y reuniones de Junta Directiva.

d) Garantizar el respeto mutuo de entre los miembros de la Junta Directiva y los funcionarios (as) del Comité, dentro de las reuniones, sesiones o actos públicos.

e) Velar por el cumplimiento de este reglamento.

f) Presentar propuestas e iniciativas.

g) Velar por el cumplimiento de todas las obligaciones, objetivos, contratos, convenios, lineamientos y políticas de la Corporación Municipal y del CCDRF.

h) Cualquier otra función de Vicepresidencia que la Junta Directiva o el ordenamiento jurídico le asigne.


 

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