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 Normativa >> Reglamento municipal 098 >> Fecha 26/09/2017 >> Articulo 68
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Normativa - Reglamento municipal 098 - Articulo 68
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Artículo 68
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Artículo 68.—De los cheques emitidos por el CCDRF. Todo cheque que se emita será aprobado por el funcionario Encargado de la Administración para luego informar mediante oficio al Tesorero (a) de la Junta Directiva, y que sea la Junta Directiva en pleno que asiente la emisión del o los cheques para sus respectivas cancelaciones, y se efectuarán por medio de un formulario pre impreso denominado comprobante de cheque el cual es expedido por el Encargado (a) de la Administración, con la firma del presidente (a) y el tesorero (a). En la documentación de respaldo se acreditará el nombre del funcionario (a) que ordenó el pago.

La Junta Directiva podrá autorizar al funcionamiento de la caja chica para su reposición el  cual se regulará mediante el reglamento respectivo de Caja Chica del CCDRF.


 

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