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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40764 >> Fecha 13/11/2017 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40764 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—Delegación de funciones. El (la) Auditor (a) General podrá delegar en su personal sus funciones, utilizando criterios de idoneidad y conforme lo establece la Ley General de Administración Pública.


 

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