Artículo 25.—Requisitos para ocupar los puestos de Auditor y Subauditor.
El (la) Auditor (a) General y Subauditor (a), deberán cumplir en todo momento
con los siguientes requisitos:
a) Ser contador (a) público autorizado.
b) Cumplir con los requisitos establecidos en los Lineamientos sobre los
requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para
las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la
aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías
internas del Sector Público, emitido por la Contraloría General de la
República.
c) Deberá caracterizarse por su idoneidad para el puesto correspondiente.
Serán profesionales que reúnan los conocimientos, actitudes, aptitudes,
habilidades para administrar la unidad de Auditoría Interna y cumplir con los
demás requisitos establecidos en los perfiles de la institución.
d) Será un (a) profesional altamente capacitado (a) en materia de auditoría
que cuenten con cinco años de experiencia en la materia atinente al cargo, y al
menos dos de ellos en cargos de jefatura.
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