Artículo 36.—Protección al personal de la auditoría. Cuando el personal
de la Auditoría Interna, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en
un conflicto legal o una demanda, la institución dará todo su respaldo tanto
jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su
resolución final, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de
la Ley General de Control Interno.
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