Artículo 62.—Principios generales y formas de presentación. La
Auditoría Interna dará trámite únicamente a aquellas denuncias que versen sobre
posibles hechos irregulares o ilegales en relación con el uso y manejo de fondos
públicos incluidos dentro del ámbito de competencia institucional. En la
admisión de denuncias se atenderán los principios de simplicidad, economía,
eficacia y eficiencia.
Las denuncias podrán presentarse en forma presencial, escrita, fax,
correo electrónico, teléfono o página web cuando las circunstancias así lo
exijan.
Serán atendidas las denuncias en el tanto aporten elementos de prueba suficientes
o indiquen de manera precisa y accesible, la forma de alcanzar la prueba
correspondiente que permita iniciar la investigación respectiva; de lo contrario
se procederá con su archivo. La denuncia puede ser anónima, sin que interese,
para ese efecto, la forma o medio de presentación.
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