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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40764 >> Fecha 13/11/2017 >> Articulo 62
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40764 - Articulo 62
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Artículo 62
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Artículo 62.—Principios generales y formas de presentación. La Auditoría Interna dará trámite únicamente a aquellas denuncias que versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales en relación con el uso y manejo de fondos públicos incluidos dentro del ámbito de competencia institucional. En la admisión de denuncias se atenderán los principios de simplicidad, economía, eficacia y eficiencia.

Las denuncias podrán presentarse en forma presencial, escrita, fax, correo electrónico, teléfono o página web cuando las circunstancias así lo exijan.

Serán atendidas las denuncias en el tanto aporten elementos de prueba suficientes o indiquen de manera precisa y accesible, la forma de alcanzar la prueba correspondiente que permita iniciar la investigación respectiva; de lo contrario se procederá con su archivo. La denuncia puede ser anónima, sin que interese, para ese efecto, la forma o medio de presentación.


 

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