Artículo 64.—Requisitos para presentación de denuncias ante la Auditoría
Interna: Para ser aceptadas, las denuncias presentadas ante la Auditoria
Interna, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Los hechos denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa
y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la
investigación: el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos y la (s)
persona (s) que presuntamente lo
(s) realizó.
2. El denunciante deberá indicar cuál es su pretensión en relación con
el hecho denunciado.
3. El denunciante también deberá brindar, de ser posible, información
complementaria respecto de la estimación del perjuicio económico producido a
los fondos públicos en caso de conocerlo, la indicación de probables testigos y
el lugar o medio para citarlos, así como la aportación o sugerencia de otras
pruebas.
4. La Auditoría Interna en caso de determinar que existe imprecisión de
los hechos denunciados, le otorgará al denunciante un plazo no menor de 10 días
hábiles para que éste complete su información o de lo contrario se archivará o
desestimará la gestión, sin perjuicio de que sea presentada con mayores
elementos posteriormente, como una nueva denuncia.
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