Artículo
9.- Acreditación
formal. Una vez realizada la publicación del acuerdo de nombramiento, el
interesado deberá presentar una copia a la Dirección Jurídica del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto junto con una solicitud por escrito para que
dicha Dirección proceda a la elaboración de la credencial que lo acredita para
realizar traducciones o interpretaciones oficiales.
La
Dirección Jurídica contará con un plazo de 5 días naturales contados a partir
de la presentación de la solicitud del interesado para entregar la credencial.
La credencial estará en custodia de dicha Dirección hasta el retiro efectivo de
ésta por parte del interesado.
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