Artículo
14.-Obligatoriedad de Charlas de Actualización. El Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, a través de su Dirección Jurídica, convocará periódicamente a charlas de
actualización gratuitas para los Traductores e Intérpretes Oficiales, las
cuales serán de asistencia obligatoria. Los Traductores e Intérpretes Oficiales
que no puedan asistir, estando debidamente convocados, deberán justificar su
ausencia ante la Dirección Jurídica. En caso de no asistir justificadamente a
la charla correspondiente, no se emitirá una nueva credencial para el Traductor
o Intérprete Oficial, una vez que se encuentre vencida.
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