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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40824 >> Fecha 13/12/2017 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40824 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28.- Presentación de queja. La persona que considere que ha sido perjudicada por el servicio prestado por un traductor y/o intérprete oficial podrá presentar queja, por escrito, ante la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

La queja deberá indicar nombre y calidades del gestionante, el nombre del traductor o intérprete oficial a quien se refiere, los hechos en que se basa, la prueba en que se apoya y lugar para oír notificaciones.


 

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