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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40824 >> Fecha 13/12/2017 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40824 - Articulo 4
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Artículo 4
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CAPÍTULO II

Selección y Nombramiento

Artículo 4.- Requisitos para ser autorizado a realizar el examen técnico. El aspirante a Traductor o Intérprete Oficial deberá presentar ante la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto:

a) Formulario de solicitud de autorización para realizar los exámenes que lo acrediten como Traductor o Intérprete Oficial, indicando las lenguas en las cuales desea realizar las pruebas, el cual se encuentra disponible en el anexo 1 de este Reglamento, cuyo formato podrá ser objeto de futuras modificaciones, no así su contenido.

b) Original del documento de identidad vigente, el cual será confrontado y se dejará constancia que se tuvo a la vista, y que éste coincide en todo con los datos del interesado.

c) Certificación expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería de que tiene al menos 5 años de residir en el país en forma continúa.

d) Dos fotografías tamaño pasaporte. e) Fotocopia, que será confrontada con el original, de títulos universitarios o parauniversitarios que comprueben su capacidad y conocimiento como traductor o intérprete profesional en las lenguas en las que solicita realizar las pruebas. Se acreditarán solamente niveles superiores al técnico, éste inclusive.

f) Certificación del idioma en donde se indique que posee un nivel C1 en el caso de solicitar autorización para realizar el examen en los idiomas inglés o francés y nivel C2 en el caso de alemán, italiano o portugués. Se levanta este requisito para otros idiomas, siempre y cuando los otros atestados de la persona interesada demuestren su experiencia como traductor y/o intérprete.

g) Documentación, que compruebe que el interesado cuenta con al menos cinco años de experiencia continua en el ejercicio de la traducción o interpretación profesional en cada una de las lenguas en que solicita el nombramiento y que conoce el manejo de las herramientas informáticas, materiales y equipos requeridos para el óptimo desempeño de las labores como Traductor o Intérprete Oficial.

h) Referencias de tres personas, que no sean familiares hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad del aspirante, que puedan informar sobre mínimo tres traducciones o interpretaciones realizadas en los últimos cinco años por la persona interesada.

i) Currículum actualizado.


 

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