Artículo 5° - Se
establece el uso obligatorio del formulario D-150 “Declaración mensual de
resumen de retenciones pago a cuenta impuestos sobre las utilidades”, según lo
dispone la resolución general de esta Dirección, N° DGT-R-042-2015 del 5 de
octubre de 2015, publicada en La Gaceta N° 199 del 14 de octubre de 2015,
modificada por la resolución N° DGT-R-029-2016 del 18 de mayo de 2016,
publicada en La Gaceta N° 122 del 24 de junio de 2016, como medio para que las
aseguradoras, en su condición de agentes de retención, reporten a la Dirección
General de Tributación, los datos de las transacciones correspondientes,
durante los primeros diez días naturales del mes siguiente a aquel en que se
efectúe la retención. El sujeto pasivo podrá rectificar sus declaraciones
tributarias con posterioridad a la presentación de las declaraciones iniciales,
de conformidad con el artículo 130 del Código Tributario. En este sentido, los
obligados tributarios deberán utilizar el formulario D-150, “Declaración
mensual de resumen de retenciones pago a cuenta impuestos sobre las
utilidades”, establecido mediante la citada resolución N° DGT-R-042-2015.
(Así reformado por el artículo 1° de la
resolución N° DGT-R-003-2018 del 25 de enero del 2018)
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