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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40849 >> Fecha 09/01/2018 >> Articulo 178
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40849 - Articulo 178
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Artículo 178
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Artículo 178.- Valoración inicial para las personas indiciadas, contraventoras o sujetas a procedimientos de extradición. La valoración inicial le corresponderá al Consejo Interdisciplinario, se realizará desde que la persona ingresa a un centro del sistema penitenciario nacional, y permitirá determinar la legalidad del ingreso y establecer el Plan de Acciones Inmediatas.


 

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