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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40849 >> Fecha 09/01/2018 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40849 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19.- Fines de la Dirección General de Adaptación Social. La Dirección General de Adaptación Social tiene a cargo los siguientes fines:

a) Administrar el sistema penitenciario nacional;

b) Ejecutar las medidas privativas de libertad dictadas por las autoridades jurisdiccionales competentes;

c) Brindar una atención profesional a las personas privadas de libertad a su cargo;

d) Formular, coordinar, desarrollar y administrar todos los planes, programas y proyectos para la prevención del delito, la investigación delas conductas criminológicas, la determinación de las causas y factores de la delincuencia en el país y la recomendación de las medidas para el control de dichas causas;

e) Desarrollar planes, programas y proyectos conducentes a perfeccionarlos medios, procedimientos y técnicas que se emplean para la atención de las personas privadas de libertad, con el propósito de disminuir la reincidencia delictiva;

f) Asesorar a las autoridades jurisdiccionales de conformidad con la ley;

g) Emitir un criterio criminológico en los trámites de gracias y beneficios;

h) Estudiar y proponer todo lo que se relacione con los planes deconstrucciones penitenciarias;

i) Proponer los cambios o modificaciones que la práctica señale a la presente estructura legal; y

j) Resolver y ejecutar los demás que le correspondan por ley.


 

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