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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40849 >> Fecha 09/01/2018 >> Articulo 29
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40849 - Articulo 29
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Artículo 29
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CAPÍTULO V

CONSEJO DE POLÍTICA PENITENCIARIA

Artículo 29.- Competencia del Consejo de Política Penitenciaria. El Consejo de Política Penitenciaria es el ente encargado de la implementación, análisis y actualización de la política pública penitenciaria de Costa Rica. Conocerá los informes de evaluación de la política penitenciaria realizados por la Secretaría de Planificación Sectorial e Institucional y formulará modificaciones parciales y/o totales a la política pública.


 

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