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 Normativa >> Resolución 001 >> Fecha 11/01/2018 >> Articulo 1
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Normativa - Resolución 001 - Articulo 1
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ANEXO

Documentación sobre precios de Transferencia –

“Country by Country Report

A. Plantillas Modelo para el Informe “Country by Country.

Tabla 1: Visión general de reparto de los Ingresos, Impuestos y Actividades Económicas por Jurisdicción Fiscal.

Tabla Nº 2 Lista de todas las Entidades Integrantes del Grupo Multinacional incluidas en cada agregación por jurisdicción fiscal

Nombre del Grupo Multinacional

Periodo fiscal Declarado

Tabla Nº 3. Información Adicional

Nombre del Grupo Multinacional

Año Fiscal

Incluir cualquier información adicional o explicación que considere necesaria o que permita una mejor compresión de la información obligatoria proveída en el reporte país por país.

 

B. Instrucciones Generales sobre las plantillas del informe “Country by Country”.

La Información detallada en esta Resolución establece un modelo para que la Empresa Multinacional declare el reparto de los beneficios, los impuestos y las actividades económicas por jurisdicción fiscal. Estas instrucciones forman parte integrante de la plantilla modelo del informe “Country by Country”.

Fuente de la información: La Empresa Multinacional Informante deberá utilizar de forma consistente la misma fuente de información año con año para completar y remitir el reporte país por país. La Empresa Multinacional Informante puede elegir entre utilizar los datos procedentes del paquete de documentos de su información consolidada, de los estados financieros separados para cada una de las entidades, de los estados financieros obligatorios a efectos regulatorios o de las cuentas internas de gestión. No es necesario conciliar la información sobre ingresos, beneficios e impuestos de la plantilla modelo con los estados financieros consolidados. Si los estados financieros estatutarios se utilizan como base para la presentación de informes, todos los montos deberán ser convertidos a la moneda con que la Empresa Multinacional Informante presentará la información a un tipo de cambio promedio del año declarado en la sección de Información Adicional (Tabla Nº 3), Sin embargo, no es necesario practicar ajustes por las diferencias entre los principios de contabilidad aplicados en distintas jurisdicciones fiscales.

La Empresa Multinacional Informante debe proveer una breve descripción de las fuentes de información utilizadas en la preparación de la información a reportada, la cual deberá ser especificada en el apartado de Información Adicional (Tabla Nº 3). Si hubiera algún cambio en la fuente de los datos utilizados año con año, la Empresa Multinacional Informante deberá explicar la razón que ocasionó ese cambio y las consecuencias que esto representa y para ello deberá utilizar la sección de Información Adicional (Tabla Nº 3)

C. Instrucciones específicas sobre las plantillas del informe “Country by Country

Visión general del reparto de beneficios, impuestos y actividades económicas por jurisdicción fiscal (Tabla 1)

Jurisdicción fiscal: En la primera columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante debe enumerar todas las jurisdicciones fiscales en las que residen las Entidades Integrantes del Grupo Multinacional a efectos fiscales. Una jurisdicción fiscal es un Estado o una jurisdicción no estatal que goza de autonomía fiscal. Es preciso incluir en un epígrafe separado todas las Entidades Integrantes del Grupo Multinacional que la Empresa Multinacional Informante considere que no son residentes en ninguna jurisdicción fiscal a efectos tributarios. Cuando una Entidad Integrante sea residente en más de una jurisdicción fiscal, se aplicará el criterio de determinación de la residencia previsto en el convenio tributario pertinente. En caso de que no exista ningún convenio aplicable, la información sobre la Entidad Integrante deberá presentarse en la jurisdicción fiscal de su sede de dirección efectiva. La sede de dirección efectiva tiene que determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Modelo de Convenio Tributario de la OCDE sobre la Renta y el Patrimonio, y sus comentarios.

Ingresos: En las tres columnas de la plantilla modelo que figuran bajo el epígrafe de Ingresos, la Empresa Multinacional Informante ha de consignar los datos siguientes: (i) la suma de los ingresos de todas las Entidades Integrantes del Grupo Multinacional en la correspondiente jurisdicción fiscal, procedentes de operaciones con empresas asociadas; (ii) la suma de los ingresos de todas las Entidades Integrantes del Grupo Multinacional en la correspondiente jurisdicción fiscal, procedentes de operaciones con partes independientes; y (iii) el total de los puntos (i) y (ii). En los ingresos hay que incluir los procedentes de las ventas de existencias y activos, servicios, cánones o regalías, intereses, primas y cualesquiera otros importes. Los ingresos no deben incluir los pagos recibidos de otras Entidades Integrantes que sean considerados dividendos en la jurisdicción fiscal del pagador.

Ganancia o Pérdida antes de Impuesto sobre la Renta: En la quinta columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante ha de consignar la suma de las ganancias o pérdidas antes del impuesto sobre la renta correspondientes a todas las Entidades Integrantes residentes a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal pertinente. La Ganancia o Pérdida antes de impuesto sobre la renta comprenderán todos los ingresos y gastos extraordinarios.

Impuesto sobre la Renta pagado (criterio de caja): En la sexta columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante debe indicar el importe total del impuesto sobre la renta efectivamente abonado durante el ejercicio fiscal de que se trate por todas las Entidades Integrantes residentes a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal pertinente. Los impuestos pagados deben incluir los que la Entidad Integrante haya ingresado en efectivo a su jurisdicción fiscal de residencia y a cualesquiera otras jurisdicciones fiscales. Entre los impuestos pagados se deben hacer constar las retenciones fiscales ingresadas por otras entidades (empresas asociadas y empresas independientes) por los pagos efectuados a la Entidad Integrante. Así pues, si la compañía A residente en la jurisdicción fiscal A percibe intereses en la jurisdicción fiscal B, la compañía A ha de declarar las retenciones fiscales practicadas en la jurisdicción fiscal B.

Impuesto sobre la Renta devengado (año en curso):

En la séptima columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante ha de indicar la suma de los gastos fiscales corrientes devengados que se recogen en las pérdidas o beneficios imponibles del periodo fiscal para todas las Entidades Integrantes que residan a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal de que se trate. Los gastos fiscales corrientes sólo reflejarán las actividades del año en curso, excluyendo los impuestos diferidos o las provisiones para pasivos fiscales inciertos.

Capital declarado: En la octava columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante ha de indicar la suma del capital declarado de todas las Entidades Integrantes residentes a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal pertinente. En lo que respecta a los establecimientos permanentes, el capital declarado debe ser comunicado por la entidad jurídica a la que pertenezca el establecimiento permanente, a menos que en la jurisdicción fiscal de dicho establecimiento exista un requerimiento de capital determinado a efectos regulatorios.

Resultados no distribuidos: En la novena columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante ha de indicar la suma de los resultados totales no distribuidos de todas las Entidades Integrantes residentes a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal pertinente a final de año. En lo que respecta a los establecimientos permanentes, los resultados no distribuidos han de ser declarados por la entidad jurídica a la que pertenezca el establecimiento permanente.

Número de trabajadores: En la décima columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante debe hacer constar el número total de empleados equivalentes a tiempo completo (FTE, por sus siglas en inglés) de todas las Entidades Integrantes residentes a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal correspondiente. Puede declararse el número de empleados a final de año, en función de los niveles medios de empleo de ese año o tomando otra referencia que se aplique de forma coherente entre las jurisdicciones fiscales en todos los años. A estos efectos, los contratistas independientes que participen en las actividades operativas ordinarias de la Entidad Integrante se podrán declarar como empleados. Se admite una aproximación o redondeo razonable del número de empleados, siempre que no distorsione sustancialmente la distribución relativa de los trabajadores entre las diversas jurisdicciones fiscales. Han de aplicarse unos enfoques uniformes en los distintos años para todas las entidades.

Activos tangibles distintos al efectivo o equivalentes: En la undécima columna de la plantilla modelo, la Empresa Multinacional Informante ha de consignar la suma de los valores contables netos de los activos tangibles de todas las Entidades Integrantes residentes a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal pertinente. En lo que respecta a los establecimientos permanentes, deben indicarse los activos con respecto a la jurisdicción fiscal en la que está situado el establecimiento permanente. A estos efectos, los activos tangibles no comprenden el efectivo, los instrumentos equivalentes al efectivo ni los activos financieros.

Lista de todas las Entidades Integrantes del grupo multinacional incluidas en cada agregación por jurisdicción fiscal (Tabla 2)

Entidades Integrantes residentes en la jurisdicción fiscal: La Empresa Multinacional Informante deberá enumerar, desglosadas por jurisdicción fiscal y por los nombres de cada entidad jurídica, todas las Entidades Integrantes del grupo multinacional que sean residentes a efectos tributarios en la jurisdicción fiscal correspondiente. Como se ha señalado antes, sin embargo, los establecimientos permanentes han de enumerarse con respecto a la jurisdicción fiscal en la que están situados. Deberá indicarse la entidad jurídica a la que pertenece el establecimiento permanente (p. ej., XYZ Corp-Establecimiento Permanente de la jurisdicción fiscal A).

Jurisdicción fiscal de constitución u organización, si es distinta de la jurisdicción fiscal de residencia: La Empresa Multinacional Informante ha de señalar el nombre de la jurisdicción fiscal conforme a cuyas leyes está constituida u organizada la Entidad Integrante de la Empresa Multinacional, si es distinta de la jurisdicción fiscal de residencia.

Principal(es) actividad(es) económica(s): La Empresa Multinacional Informante tiene que determinar la índole de las principales actividades económicas ejercidas por la Entidad Integrante en la jurisdicción fiscal pertinente, marcando la casilla o casillas procedentes.

 

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