N° 9518
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
INCENTIVOS Y PROMOCIÓN PARA EL
TRANSPORTE ELÉCTRICO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1-Objeto. La presente ley tiene por objeto crear el marco normativo
para regular la promoción del transporte eléctrico en el país y fortalecer las
políticas públicas para incentivar su uso dentro del sector público y en la
ciudadanía en general.
Esta ley regula la organización administrativa pública vinculada al transporte
eléctrico, las competencias institucionales y su estímulo, por medio de
exoneraciones, incentivos y políticas públicas, en cumplimiento de los
compromisos adquiridos en los convenios internacionales ratificados por el país
y el artículo 50 de la Constitución Política.
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