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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40862 >> Fecha 12/01/2018 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40862 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19°.-Deberes del coordinador y de la coordinadora de departamento o nivel en relación con la evaluación de los aprendizajes. Los coordinadores y las coordinadoras de departamento o de nivel tienen, en relación con la evaluación de los aprendizajes, los siguientes deberes:

a) Analizar con la persona docente de cada asignatura, los procesos de evaluación de los aprendizajes implementados y definir acciones orientadas al mejoramiento del desempeño de la persona estudiante.

b) Dar seguimiento a las acciones desarrolladas en el departamento o nivel, con el propósito de mejorar el desempeño de la persona estudiante.

c) Asesorar al director o la directora del centro educativo, para la correcta resolución de los recursos administrativos que formule el estudiantado o la persona encargada legal de estos, en materia de evaluación del aprendizaje.


 

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