Artículo 144.-Condiciones para aplicar acciones correctivas. La aplicación de las
acciones correctivas a la persona estudiante se hará tomando como referencia el
cumplimiento de los deberes y obligaciones que se señalan en el artículo 125 de
este reglamento, en el Reglamento Interno de la Institución y de acuerdo con la
valoración de las faltas señalada en los artículos 135 y 136 de este
reglamento.
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