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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40862 >> Fecha 12/01/2018 >> Articulo 153
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40862 - Articulo 153
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Artículo 153
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Artículo 153.-Reprogramación de pruebas o entrega de tareas y proyectos realizados durante la inasistencia al centro educativo. Las pruebas o la entrega de tareas o proyecto que se realicen durante el período de ejecución de una de las inasistencias al centro educativo que se señalan en los artículos anteriores, deberán ser reprogramados por el docente respectivo para que la persona estudiante sujeto de la acción correctiva conserve su pleno derecho a realizarlos.

La reprogramación de pruebas o de entrega de tareas y proyecto debe ser comunicada a la persona estudiante en el plazo establecido en la normativa interna del centro educativo, en todo caso la comunicación deberá realizarse con al menos ocho días naturales de antelación.


 

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