CAPÍTULO VI
Convivencia Estudiantil y Conducta
SECCIÓN I
Convivencia Estudiantil
Artículo 120.-Sistema de Convivencia Estudiantil. El Sistema de
Convivencia Estudiantil es el conjunto de principios, normas, instancias y
prácticas institucionales que regulan las relaciones entre los miembros de la
comunidad educativa de cada centro educativo y la evaluación de la conducta de
la persona estudiante, con el fin de posibilitar el cumplimiento de los fines
del sistema educativo costarricense.
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