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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40862 >> Fecha 12/01/2018 >> Articulo 120
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40862 - Articulo 120
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Artículo 120
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CAPÍTULO VI

Convivencia Estudiantil y Conducta

SECCIÓN I

Convivencia Estudiantil

Artículo 120.-Sistema de Convivencia Estudiantil. El Sistema de Convivencia Estudiantil es el conjunto de principios, normas, instancias y prácticas institucionales que regulan las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa de cada centro educativo y la evaluación de la conducta de la persona estudiante, con el fin de posibilitar el cumplimiento de los fines del sistema educativo costarricense.


 

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